El Tribunal de Penas del Consejo Federal hizo lugar al Recurso de Reconsideración planteado por cuatro jugadores de El Porvenir y redujo las sanciones de un año a diez partidos.
A continuación, el fallo completo.
EXPEDIENTE N° 4966/24 – TORNEO REGIONAL FEDERAL AMATEUR 2023/24
Club Sportivo El Porvenir (San Rafael – Mendoza) s/ Rec.
Reconsideración.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 16 de Mayo de 2024.
VISTO:
El Recurso de Reconsideración planteado por los Sres. Pedro Alberto Jalif y Gastón Ureta, invocando en carácter de secretario y presidente respectivamente del Club Sportivo El Porvenir, afiliado a la Liga Sanrafaelina de Fútbol, en representación de los jugadores Alejandro
Yamil Canales, Ignacio Gerónimo Guerra, Luciano Jair Alzaa y Claudio Javier Silva, respecto de la resolución recaída en el expediente de referencia, publicada Boletín Oficial N° 04/24 de fecha 17/01/24, y,
CONSIDERANDO:
Que, los comparecientes en su presentación expresan que “…se produjo injustamente la sanción de un penal que no correspondía y luego de ello se mantuvo interrumpido innecesariamente el partido por más de 20 minutos, lo que generó que se alteraran no solo los jugadores, sino que también el público presente dado que no podían apreciar el evento deportivo al que habían concurrido. Cuando el árbitro ordena reanudar el partido y manda a ejecutar el tiro penal, es que el jugador de Argentino realiza un acto de festejo desmedido con gritos y señas de provocación tanto hacia el público del Club El Porvenir como
hacia el banco de suplentes, buscando reacción por parte de los jugadores del Club que represento. No solo ello, sino que el cuerpo técnico de Argentino fue autor y responsable de la primera agresión. Precisamente el presidente de Argentino golpea a jugadores a través
de la tela y en el gol, le pegan al preparador físico de El Porvenir (profe Omar Bravo) y al jugador Gonzalo Delamarre y al jugador Luciano Jair, Alzza, que estaban al lado de la tela. Entendemos que el árbitro sin mala fe pero desbordado por la situación que luego se originó, no ha podido ser del todo claro en su relato, habiendo equivocado en los jugadores que dice que lo agredieron, pues de las pruebas testimoniales que se ofrecen como de las distintas video filmaciones que se encuentran en los medios de difusión resulta claro que los jugadores
Nos. 8, 2, 10 y 3, NUNCA AGREDIERON físicamente al árbitro, por lo tanto solicitamos al mismo a que se permita ver los videos y RECTIFIQUE EL ACTA LABRADA, porque en éste desafortunado encuentro como comúnmente se dice “están pagando justos por pecadores” … que como Club y como personas de bien que somos y en razón de los valores que defendemos es que repudiamos cualquier acto de violencia, dado que los encuentros deportivos deben realizarse para fomentar el bienestar de la sociedad, por lo cual nos encontramos a
disposición de realizar las reuniones y/o medias que sean necesarias para erradicar la violencia del fútbol…”. Como medio probatorio acompañan adjunto al recurso, videos de los hechos referenciados, los cuales se agregan a las actuaciones.
Realizada consulta en el sistema COMET se verifica que los Sres. Alejandro Yamil Canales, Ignacio Gerónimo Guerra, Luciano Jair Alzaa y Claudio Javier Silva, jugaron el partido que el Club El Porvenir disputó versus el Sport Club Argentino de General Alvear, en la cancha de este
último, el día 9 de diciembre del año próximo pasado, con los dorsales
Nos. 2, 3, 8 y 10 respectivamente.
RESULTANDO:
Que, si bien las distintas sanciones impuestas a los jugadores en los autos del rubro es de carácter grave, respectos de los incidentes ocurridos en la participación del Club Sportivo El Porvenir en el Torneo Regional Federal Amateur 2023/24, organizado por el Consejo Federal
del Fútbol, ello no es óbice para meritar las razones, motivos y argumentos vertidos por el recurrente al fundar su planteo. Que, de los videos agregados a las actuaciones se aprecia un tumulto generalizado del cual participaron jugadores del recurrente, pero no se puede verificar las agresiones físicas informadas por el árbitro del partido, quien se vio desbordado por los incidentes al finalizar el encuentro. Que, por todo ello, corresponde hacer lugar al Recurso de Reconsideración planteado por el Club Sportivo El Porvenir, afiliado a la
Liga Sanrafaelina de Fútbol, en representación los jugadores Alejandro Yamil Canales, Ignacio Gerónimo Guerra, Luciano Jair Alzaa y Claudio Javier Silva, y en consecuencia reducir las sanciones que se les impusieron primitivamente de un (1) año de suspensión, a diez (10)
partidos. Se póngase en conocimiento de la Liga Sanrafaelina de Fútbol de la
presente resolución, a sus efectos.
Por ello el Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior,
RESUELVE:
1º) Hacer lugar al Recurso de Reconsideración planteado por los jugadores del Club Sportivo El Porvenir, Sres. Alejandro Yamil Canales, Ignacio Gerónimo Guerra, Luciano Jair Alzaa y Claudio Javier Silva, y
en consecuencia reducir las sanciones que se les impusieron primitivamente de un (1) año de suspensión, a diez (10) partidos (Arts. 32, 33 y 184 del RTP).
2º) Póngase en conocimiento de la Liga Sanrafaelina de Fútbol de la presente resolución, a sus efectos (Art. 41 del RTP).
3º) Se deja establecido que, para el caso de que los jugadores Alejandro Yamil Canales, Ignacio Gerónimo Guerra, Luciano Jair Alzaa y Claudio Javier Silva, incurran en una nueva infracción, la pena que ahora queda en suspenso a través de la presente Resolución, recobrará plena vigencia y deberá ser computada a los fines de la reincidencia (Arts. 32 y 33 del RTP).
4º) Notifíquese, regístrese y archívese (Arts. 41, 42 y 43 del RTP).
Fuente: ascenso del interior